Entidad subvencionadora: Departamento de Empleo, Inclusión Social e Igualdad

Diputación Foral de Bizkaia. Convocatoria 2019 – 2021

Promoción de la empleabilidad de las personas con especiales dificultades de inserción laboral del Territorio Histórico de Bizkaia. Lanberri

 

Email: formacion@berriztu.com; Teléfono: 696 491 325

ITINERARIO DE INSERCIÓN: Incluye orientación, formación, intermediación e inserción laboral.

Itinerario: Operaciones básicas de cocina

  • Personas destinatarias: personas en riesgo de exclusión* (a fecha de inicio de la formación se deberá cumplir al menos uno de los requisitos descritos más abajo).
  • Situación socio laboral: Personas en desempleo e inscritas como demandantes de empleo en Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, o en situación de mejora de empleo.
  • Empadronadas en el Territorio Histórico de Bizkaia
  • Duración: 300 horas
  • Fechas de inicio y fin de la formación: PENDIENTE FIJAR FECHAS (A PARTIR DE JUNIO)
  • Lugar de la formación: Calle Mendialde, 54 – Ortuella
  • Horario: Lunes a Viernes de 15:30 – 20:30
  • Plazo para la inscripción: ABIERTO
  • INSCRIPCIÓN: A TRAVÉS DE LANBIDE (click aquí)

OBSERVACIONES IMPORTANTES:

  • Organismo subvencionador: Departamento de Empleo, Inclusión Social e Igualdad de la Diputación Foral de Bizkaia
  • Se realizará proceso de selección de las personas participantes
  • PRÁCTICAS EN EMPRESA
  • POSIBILIDADES DE CONTRATACIÓN LABORAL (al menos tres meses, pudiendo ser la jornada completa o parcial, siempre que ésta represente un mínimo del 50% de la jornada completa habitual establecida.)
  • El acompañamiento en la búsqueda de empleo e inserción laboral se desarrollará hasta el 30 de noviembre de 2020.

 

 *IMPORTANTE: Se entiende a los efectos de esta subvención como personas en riesgo de exclusión las siguientes:

a) Personas que se hallan incorporadas a cualesquiera de los servicios, centros y programas de carácter público dependientes de los servicios sociales forales para la inclusión de Bizkaia que se definen en el artículo 19.1.a) del Decreto Foral 6/2016, de 26 de enero.
b) Personas que a juicio de los servicios sociales de base de algún ayuntamiento del Territorio Histórico de Bizkaia se considere que están en situación de riesgo de exclusión utilizando los instrumentos técnicos comunes de valoración y diagnóstico legalmente aprobados, acreditando tal circunstancia por informe de servicio social de base competente.
c) Personas procedentes de programas prelaborales de orientación y formación, o procedentes de los servicios sociales de base de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
d) El padre o la madre de una familia Monoparental/Monomarental, siempre que acrediten desempleo con una antigüedad mínima de tres meses.

A estos efectos se entiende que se encuentra en esta situación aquella persona que tenga a su cargo uno o varios descendientes que no desempeñen actividad retribuida.

e) Personas que hayan obtenido la condición de beneficiarias de las prestaciones económicas establecidas en la Ley 18/2008, de 23 de diciembre para la garantía de ingresos y para la inclusión social o de las ayudas especiales para la inclusión social reguladas por el Decreto Foral 60/2011, de 22 de marzo, en redacción dada por Decreto Foral 207/2011, de 13 de diciembre, así como los miembros de su unidad de convivencia.
f) Personas extoxicómanas (exalcohólicas y exdrogadictas), considerando como tales a los efectos de las ayudas previstas en este decreto foral, a aquellas que, habiendo superado a juicio del equipo terapéutico correspondiente las fases de desintoxicación y deshabituación y llevando más de 6 meses de tratamiento continuado, se considere de interés su adscripción a un programa de reinserción social a través del trabajo.
g) Personas víctimas de violencia de género, acreditado según lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género o mediante documento acreditativo de la intervención por parte del Servicio de Mujer e Intervención Familiar de la Diputación Foral de Bizkaia.
h) Personas ex-reclusas, personas refugiadas en procesos de integración y personas que hayan superado procesos de sinhogarismo.